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El próximo 1 de enero de 2023 entrará en vigor el Impuesto Especial sobre los envases de plástico no reutilizables definido en la Ley 7/2022 de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía circular.  El sujeto pasivo del impuesto es en general el fabricante de lámina de ensacar, lámina de retractilar, big bags, etc que utilizamos para el envasado de nuestros sustratos.

El fabricante de lámina tendrá la obligación de detallar en los albaranes y las facturas los Kg totales de plástico no reciclado que pone a nuestra disposición. Sobre estos quilos se aplicará el impuesto de 0.45€/Kg y al importe resultante se le aplicará el IVA correspondiente.

Los fabricantes nos convertiremos en sujetos pasivos del impuesto cuando actuemos como importadores intracomunitarios o de terceros países de productos envasados, ya que deberemos liquidar en España el Impuesto Especial sobre envases de plástico.

En las últimas semanas muchas asociaciones y empresas envasadoras han pedido un aplazamiento a la entrada en funcionamiento de este impuesto por la falta de información recibida sobre su aplicación efectiva y las dificultades en las modificaciones de los programas de gestión que implica su correcta gestión. A fecha de hoy no parece muy factible la posibilidad de que se otorgue dicho aplazamiento.

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